En la antesala de las elecciones presidenciales y parlamentarias de este domingo, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) aclaró qué ocurre con las personas que se encuentran con licencia médica y deben cumplir con el voto obligatorio.
El organismo emitió un dictamen dirigido a las Isapres, que fue difundido por el Colegio Médico (Colmed), con el objetivo de evitar sanciones indebidas a trabajadores y trabajadoras que no puedan asistir a votar por motivos de salud. La instrucción busca asegurar “tanto el derecho ciudadano al voto como la protección del derecho a la salud durante procesos electorales”.
Según explicó la Suseso, aquellas personas con licencia médica que estén en condiciones de sufragar podrán hacerlo sin infringir su reposo, mientras que quienes no puedan asistir por razones médicas podrán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local, presentando el documento correspondiente.
La medida aplica a seis tipos de reposo: enfermedad o accidente común, prórroga de medicina preventiva, licencia maternal pre y postnatal, enfermedad grave de hijo menor de un año, patología del embarazo y licencias asociadas a la Ley SANNA. El Colmed subrayó que esta aclaración se basa en la Constitución, la ley que sanciona el no sufragio y el Decreto N°3 de 1984 del Ministerio de Salud, que regula el rechazo o invalidación de licencias médicas.